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Subvenciones para el cálculo y reducción de la huella de carbono organizacional, de producto, servicio o evento

Subvenciones para el cálculo y reducción de la huella de carbono organizacional, de producto, servicio o evento (DFG)

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Del 20 de junio al 15 de julio 2022.

Condición de entidad beneficiaria: Sociedades mercantiles con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Actuaciones subvencionables:

  1. Cálculo de la huella de carbono organizacional con alcance 1+2 y la elaboración de un plan de reducción de la misma. El alcance señalado responderá a los alcances 1 y 2 recogidos en el GHG PROTOCOL o a la categoría 1 y 2 de la norma ISO 14064-1:2018 (emisiones directas e indirectas, respectivamente).

Para el cálculo de la huella de carbono deberá utilizarse una de las siguientes calculadoras:

1.- Calculadora de Huella de Carbono de Organización del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (para los años 2007-2021).
2.- Calculadora de Huella de Carbono de Organización de IHOBE (para los años 2005-2020).

  1. Cálculo de la huella de carbono organizacional con alcance 3 (incluidos los alcances 1+2) y la elaboración de un plan de reducción de la misma.

Para el cálculo de la huella de carbono organizacional, deberá utilizarse alguna de las siguientes metodologías:

–    UNE-EN ISO 14064-1:2019. Gases de efecto invernadero. Parte 1: Especificación con orientación, a nivel de las organizaciones, para la cuantificación y el informe de las emisiones y remociones de gases de efecto invernadero (ISO 14064-1:2018).
–    GHG PROTOCOL. Corporate Standard: A Corporate Accounting and Reporting Standard; y Corporate Value Chain (Scope 3) Accounting and Reporting Standard

El cálculo de la huella de carbono organizacional podrá realizarse para un único año, preferentemente 2021, o para hasta 4 años (2018-2021).

Las huellas de carbono organizacionales de los apartados a) y b) deberán ser inscritas en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (creado por el Real Decreto 163/2014 de 14 de marzo) y disponer del correspondiente certificado que lo acredite. Será imprescindible presentar en el momento de la justificación final el certificado que lo acredite.

  1. Cálculo de huella de carbono asociada a un producto, servicio o evento y la elaboración de un plan de reducción del mismo.

Para el cálculo de la huella de carbono de producto o servicio, deberá utilizarse alguna de las siguientes metodologías:
GHG Protocol: Product Life Cycle Accounting and Reporting Standard
UNE-EN ISO 14067:2019 Gases de efecto invernadero. Huella de carbono de productos. Requisitos y directrices para la cuantificación. (ISO 14067:2018)

Para el cálculo de la huella de carbono de un evento deberá utilizarse los  estándares señalados en los apartados  a) y b) para el cálculo de la huella de carbono organizacional.

El cálculo de huella de carbono (organizacional, producto, servicio o evento) deberá ir acompañado de la definición de un plan de reducción de la misma. 

Cuantía de las ayudas: La cuantía de la subvención concedida por actuación se establecerá en un porcentaje del importe, IVA excluido, de los gastos subvencionables proporcional al número de puntos obtenidos en aplicación de los criterios de valoración definidos en la base 8ª.

En cualquier caso, no se podrán superar las siguientes cantidades:

•    Solicitudes para el cálculo de huella de carbono organizacional con alcance 1+2 para un único año y huella de carbono asociada a un evento:
–     70% de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000 euros por solicitud.

•    Solicitudes para el cálculo de huella de carbono organizacional con alcance 1+2 para más de un año:
–    80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 euros por solicitud.

•    Solicitudes para el cálculo de huella de carbono organizacional con alcance 3 y huella de carbono asociada a un producto o servicio:
–     50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 23.000 euros por solicitud.

 

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