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Plan 2i de Promoción de la Innovación y la Inversión avanzada 2022

Plan 2i de Promoción de la Innovación y la Inversión avanzada 2022

El Plan 2i de Promoción de la Innovación y la Inversión avanzada 2022, impulsado por el Departamento de Promoción Económica de la Diputación foral de Bizkaia, tiene como objetivos incrementar la capacidad de las empresas de Bizkaia para competir, innovar y realizar inversiones tecnológicamente avanzadas, de forma sostenible e integrada en su entorno y mejorar el acceso a financiación para sus proyectos de innovación.

Apertura convocatoria 21 marzo 2022
Cierre convocatorio 8 abril 2022 hasta las 13:30h

OBJETIVOS

  • incrementar la capacidad de las empresas de Bizkaia para competir, innovar y realizar inversiones tecnológicamente avanzadas, de forma sostenible e integrada en su entorno.
  • mejorar el acceso a financiación para proyectos de innovación de las empresas de Bizkaia.

HECHO SUBVENCIONABLE

  1. Tendrá la consideración de hecho subvencionable las actuaciones orientadas a mejorar la competitividad de la entidad solicitante mediante proyectos de innovación en cualquier área de la entidad (proceso, producto, organización, participación, mercado, protección de la propiedad…) e inversiones avanzadas, coherentes con el modelo de negocio de la entidad y con alto impacto.
  2. Los proyectos subvencionables podrán contener, entre otras, acciones para:
    1. El diseño o desarrollo de nuevos productos o servicios, o mejoras sustanciales en las prestaciones de los ya existentes, para su incorporación a mercado.
    2. La transformación del modelo de negocio para orientarse a la venta de elementos de mayor valor añadido, incluyendo la «servitización» entendida como la evolución desde la venta de producto hacia el binomio producto + servicio.
    3. La innovación para apertura a nuevos mercados y generación de nuevas vías de comercialización de los productos y servicios. d) La introducción de novedades en sus procesos productivos o mejoras sustanciales en alguna de las etapas de procesos existentes.
    4. Las inversiones para la modernización, mejora y ampliación de equipamientos productivos de las empresas industriales que mejoren significativamente la posición competitiva de la empresa y sean tecnológicamente avanzadas.
    5. La transformación organizacional basada en el protagonismo de las personas y los equipos, a través un proceso de cambio organizativo y en las maneras de gestionar la organización que suponga una participación amplia y plural de las personas de la organización en los procesos de reflexión y puesta en práctica de estos proyectos.
    6. La presentación y tramitación de solicitudes de patentes europea, internacional o nacional en el extranjero, de modelos de utilidad o de diseño comunitario internacional o nacional en el extranjero.
    7. Los estudios previos para el análisis de la adquisición de empresas como herramienta para aumentar la competitividad, siempre que el proyecto suponga una innovación para la empresa.
  3. No se considerarán parte integrante del hecho subvencionable las actuaciones que no estén plenamente vinculadas a la parte nuclear del proyecto presentado o que resulten inconexas o periféricas a ella.

(consultar en bases lo NO subvencionable)

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Empresas con personalidad jurídica propia

Deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • Tener al menos un centro productivo o de alto valor añadido en el Territorio histórico de Bizkaia
  • Desarrollar su actividad en los sectores de Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria, Turismo y Comercio al por mayor. Estar en el listado de CNAE del Anexo I.
  • Tener una plantilla de entre 5 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa.

Plazos de ejecución del proyecto: Deberán iniciarse y finalizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de junio de 2023.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Gastos externos directamente vinculados al proyecto (excepto los indicados como no subvencionables)

Inversiones en inmovilizado, dentro de las categorías del plan General de Contabilidad siguientes:

  • 206 Aplicaciones informáticas
  • 212 Instalaciones técnicas
  • 213 Maquinaria
  • 215 Otras instalaciones
  • 217 Equipos para procesos de información

 

Para ser consideradas subvencionables las inversiones deberán mejorar significativamente la posición competitiva de la empresa y ser tecnológicamente avanzadas, y los bienes objeto de las mismas deberán:

  1. Entrar en uso o en funcionamiento por primera vez.
  2. Permanecer como mínimo 5 años en el activo de la empresa a partir de la fecha de la factura.
  3. No hallarse alquilados ni cedidos a terceros, con o sin contraprestaciónN
  4. No haber sido fabricados por la propia empresa solicitante.

GASTOS INTERNOS DE PERSONAL DESTINADO AL PROYECTO

Para el cálculo de la base subvencionable se considerará un máximo de 3 personas en el caso de empresas de entre 5 y 50 personas y un máximo de 6 para empresas con una plantilla superior a 50 personas.

En cualquier caso, el cómputo horario admitido en concepto de gastos internos no excederá de 120 horas por proyecto y mes en el caso de las empresas entre 5 y 50 personas, ni de 240 horas por proyecto y mes para empresas con una plantilla superior a 50 personas.

CUANTÍA DE AYUDAS

Las ayudas otorgadas por entidad solicitante en cada uno de los proyectos apoyados, no superarán los 100.000 euros.

Igualmente, en cada proyecto, el máximo de ayuda por gastos internos de personal será de 25.000 euros.

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